|

|
|
El 21 de abril de 1994, mediante el Acuerdo 2823 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, se creó el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente (CITMA). Subordinada a este Ministerio quedó conformada la Agencia de Energía Nuclear (AEN), con el objetivo fundamental de contribuir al más amplio uso de esa fuente de energía, tanto en el campo de la generación de electricidad como en la aplicación de las técnicas nucleares. La Agencia de Energía Nuclear asumía entonces parte importante de las funciones que hasta ese momento habían ejecutado la Comisión de Energía Atómica de Cuba y la Secretaría Ejecutiva para Asuntos Nucleares.
En noviembre de 2001 la AEN pasó a denominarse AGENCIA DE ENERGÍA NUCLEAR Y TECNOLOGÍAS DE AVANZADA (AENTA) y fueron ampliadas las funciones que desempeñaba, así como los centros que la integran.
|
|
|
|
La AENTA está constituida por la Oficina de la Agencia y los siguientes centros:
CEADEN - Centro de Aplicaciones Tecnológicas y Desarrollo Nuclear
CENTIS - Centro de Isótopos
CPHR - Centro de Protección e Higiene de las Radiaciones
CUBAENERGIA - Centro de Gestión de la Información y Desarrollo de la Energía
ICIMAF - Instituto de Cibernetica, Matemática y Física
CIAC - Centro de Ingeniería Ambiental de Camagüey
Otros Centros Nucleares del CITMA
. CNSN - Centro Nacional de Seguridad Nuclear
. INSTEC - Instituto Superior de Tecnologías y Ciencias Aplicadas
|
|

FUNCIONES
DE LA AENTA
1. Promover y coordinar la aplicación de técnicas nucleares y de otras tecnologías de avanzada en la producción, las investigaciones y los servicios.
2. Gerenciar programas y proyectos de investigación científica y de innovación tecnológica en el marco de su objeto social.
3. Elaborar los presupuestos financieros para los programas y proyectos de investigación científica e innovación tecnológica que realizan las instituciones que se le subordinan.
4. Realizar la gerencia financiera de los programas y proyectos aprobados.
5. Conformar, gerencia y comercializa Paquetes Tecnológicos de servicios y productos de diferentes instituciones.
6. Aprobar y controlar los principales indicadores de los planes de producción y de los mecanismos de importación y distribución de los productos radioisotópicos. |
7. Supervisar la aplicación de los mecanismos para garantizar la ejecución de los Servicios de Protección Radiológica y Vigilancia Radiológica Ambiental que realizan instituciones de la Agencia.
8. Supervisar los mecanismos para garantizar los servicios de gestión de desechos radiactivos que realizan instituciones de la Agencia.
9. Supervisar los mecanismos para garantizar la ejecución de la actividad de normalización y metrología de las radiaciones ionizantes que se realiza por instituciones de la Agencia.
10. Dirigir y controlar la aplicación de la política de desarrollo de los recursos humanos, en especial lo relativo a la aplicación de la política de cuadros de la agencia y sus instituciones.
11. Dirigir la actividad de colaboración internacional de la Agencia y sus instituciones, con los diferentes países y organismos internacionales, en el marco de la estrategia aprobada, coordinar, controlar y evaluar su ejecución. Diseñar, conformar y presentar para su aprobación el Programa de Cooperación Técnica con el OIEA y coordinar su ejecución.
12. Coordinar y promover la participación en ferias, exposiciones y otros eventos que sirvan de promoción a las actividades de comercialización.
13. Realizar y coordinar con instituciones especializadas actividades de información pública en la esfera nuclear.
|